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La cultura electoral y su importancia para la ciudadanía

Esta lección es parte de Temario de Educación Cívica de Décimo año Lección 15 de 19

Por Andrea del Carmen actualizado el 26 de octubre de 2026 10 min de lectura

Votar toma unos minutos, pero la democracia electoral se sostiene todos los días: con personas que conocen las reglas, que confían en instituciones que las aplican con limpieza, que se informan antes de decidir, que respetan a quien piensa distinto y que aceptan los resultados. A esa base de conocimientos, valores y hábitos se le llama cultura electoral.

En esta lección vas a ver qué es la cultura electoral, por qué el programa de Educación Cívica la relaciona con la formación de la ciudadanía, qué normas de Costa Rica buscan que mujeres y hombres participen en igualdad y cómo las elecciones estudiantiles de escuelas y colegios funcionan como un primer entrenamiento para votar.

Idea clave

La cultura electoral es el conjunto de conocimientos, valores, actitudes y prácticas que una sociedad comparte sobre las elecciones: saber cómo y para qué se vota, valorar el voto libre y secreto, exigir reglas iguales para quienes compiten, informarse antes de decidir y respetar el resultado. No se hereda: se aprende y se practica en la familia, en el centro educativo y en la comunidad.

Ciudadanía y ciudadanía joven#

La Constitución Política dice que la ciudadanía es el conjunto de derechos y deberes políticos que corresponden a las personas costarricenses mayores de dieciocho años (artículo 90). El glosario del programa de Educación Cívica del MEP amplía la idea con tres componentes:

  • Mínimo: la condición de derechos y responsabilidades relacionados con la capacidad de incidir en las decisiones colectivas y con la posibilidad de elección en puestos públicos.
  • Ampliado: con el desarrollo de las democracias se suman derechos de otros ámbitos, como la salud, la educación, la vivienda y el ambiente.
  • Aspiracional: la ciudadanía también es un ideal de origen ético hacia el cual se quiere avanzar.

El mismo glosario define la ciudadanía joven con esos componentes, «con la excepción del derecho a elegir y ser electo». Es decir, antes de los 18 años no votas en elecciones nacionales, pero ya ejerces ciudadanía cuando opinas, te organizas, participas en el gobierno estudiantil o te informas sobre asuntos públicos. La cultura electoral se forma antes de llegar a las urnas.

Por qué importa la cultura electoral#

La Constitución dice que el Gobierno de la República es «popular, representativo, participativo, alternativo y responsable» (artículo 9). Esas cinco palabras solo se cumplen si la ciudadanía conoce sus derechos y deberes y los ejerce. Varias normas del Código Electoral (Ley N.º 8765) muestran qué prácticas espera el sistema:

  • Voto informado: al inscribir candidaturas, los partidos deben entregar biografías y fotografías, y en el caso de la Presidencia, el programa de gobierno; el TSE debe publicar esa información «en cumplimiento del derecho de la ciudadanía a ejercer un voto informado» (art. 148).
  • Vigilancia ciudadana: los partidos inscritos tienen derecho a fiscalizar el proceso mediante personas acreditadas (art. 210), y las misiones de observación acreditadas pueden presenciar la votación y el escrutinio (art. 218).
  • Servicio voluntario: las juntas receptoras de votos se integran con al menos tres personas, y el TSE debe estimular el servicio voluntario de la ciudadanía en ellas (art. 41).
  • Formación: el Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) del TSE debe promover los valores democráticos y la participación cívica, y colaborar con el MEP en los programas de educación cívica (art. 309).

Un fascículo del IFED publicado en 2023 lo resume citando al MEP: el civismo «no se genera de forma espontánea, sino que es aprendido y, por tanto, enseñado».

Una ciudadanía activa de mujeres y hombres#

El artículo 2 del Código Electoral afirma que la participación política de hombres y mujeres «es un derecho humano reconocido en una sociedad democrática». Por eso establece la paridad (los órganos y las nóminas pares se integran con un 50 % de mujeres y un 50 % de hombres; en los impares, la diferencia no puede ser mayor de uno) y la alternancia (dos personas del mismo sexo no pueden ir seguidas en una nómina). Además, el Código prohíbe toda propaganda en contra de los derechos políticos de las mujeres (art. 136). La tabla muestra las candidaturas inscritas para las elecciones de febrero de 2026, según el boletín preelectoral del TSE:

CandidaturaTotalMujeresHombres% de mujeres
Presidencia2051525,0
Primera vicepresidencia2011955,0
Segunda vicepresidencia20101050,0
Diputaciones (propiedad y suplencia)1 20759361449,1

En las listas de diputaciones propietarias, 64 de las 143 que se inscribieron tenían a una mujer en el primer lugar, es decir, el 44,8 %. Comparar estas cifras es un buen ejercicio de cultura electoral: ¿por qué las candidaturas a diputaciones están cerca del 50 % y las candidaturas a la Presidencia no?

Las elecciones estudiantiles: la primera escuela electoral#

Según una publicación del IFED-TSE de 2022, desde 1993 el MEP y el TSE dirigen en conjunto acciones de formación político-electoral del estudiantado, y cada año más de un millón de estudiantes acuden a las urnas para elegir a su gobierno estudiantil. Las reglas están en el Código Electoral Estudiantil (Decreto N.º 35337-MEP) y en el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Gobierno Estudiantil (Decreto N.º 35333-MEP), ambos de 2009. Ese reglamento dice que el gobierno estudiantil se elige «por medio del voto universal, directo y secreto» y que en los puestos de elección se debe asegurar la representación efectiva de ambos géneros (artículo 4). La misma publicación explica que estas normas se diseñaron para parecerse, en lo posible, a las de las elecciones nacionales:

Órgano estudiantilQué haceSe parece a
Directiva de secciónSiete estudiantes representan a su grupo; aplica paridad y alternanciaLos gobiernos locales
Asamblea de RepresentantesReúne a las presidencias de las directivas, delibera, elige al Tribunal Electoral Estudiantil y pide informes al Comité EjecutivoLa Asamblea Legislativa
Comité EjecutivoSiete estudiantes del partido ganador, electos por voto universal, directo y secreto, ejecutan su plan de gobiernoEl Poder Ejecutivo
Tribunal Electoral Estudiantil (TEE)Siete estudiantes organizan, vigilan y arbitran el proceso, inscriben partidos y declaran la elecciónEl Tribunal Supremo de Elecciones

Para inscribirse, un partido estudiantil presenta al TEE su acta constitutiva con siete integrantes, su estatuto, su programa de gobierno y las firmas de al menos el 10 % del padrón estudiantil. Las campañas solo pueden recibir el aporte económico de la junta de educación o la junta administrativa, que el TEE reparte en forma equitativa entre los partidos inscritos.

Ejemplo. El padre de un candidato estudiantil ofrece pagar las camisetas de la campaña de su partido. ¿Qué dicen las reglas y qué valor democrático protegen?

Solución. Según la publicación del IFED-TSE, la normativa estudiantil prohíbe que los partidos reciban financiamiento de padres, madres, personal del centro educativo u otras personas ajenas; solo vale el aporte de la junta, repartido por el TEE en partes equitativas. La regla protege la equidad: que todos los partidos compitan con las mismas condiciones y que gane la mejor propuesta, no el partido con más recursos. En las elecciones nacionales hay reglas parecidas, como la prohibición de aportes de personas jurídicas y extranjeras.

Las nuevas personas electoras#

Para las elecciones de febrero de 2026, el padrón nacional electoral tenía 3 731 788 personas, según el boletín preelectoral del TSE. De ellas, 131 403 formaban el electorado nuevo: 52 403 personas de 18 años, 68 067 de 19 años y 10 933 personas naturalizadas.

¿Cómo se entra al padrón? Un fascículo del TSE explica que la expedición de la cédula de identidad está vinculada al padrón: al obtener la cédula, los datos de la persona pasan directamente a él. Quienes cumplan 18 años a la fecha de una elección pueden solicitar la cédula con anterioridad e inscribirse como electores. Las personas costarricenses por naturalización pueden votar doce meses después de obtener su carta (Código Electoral, art. 144).

Prácticas de cultura electoral que puedes ejercer desde ya#

  • Informarte con fuentes oficiales, como las publicaciones del TSE, y comparar programas de gobierno antes de opinar.
  • Participar en el gobierno estudiantil: votar, integrar una directiva o un partido, servir en el TEE o como fiscal.
  • Debatir con respeto, separando las ideas de las personas, y reconocer el derecho de otros a pensar distinto.
  • Conocer los mecanismos de participación, como el referéndum y la iniciativa popular, que también usan el padrón y las firmas de la ciudadanía.
  • Al cumplir 18 años, sacar la cédula, votar y, si quieres, ofrecerte para una junta receptora: el Código pide ser ciudadano en ejercicio y saber leer y escribir (art. 31).
  • Aceptar los resultados oficiales y usar las vías legales cuando haya un reclamo.

Estas prácticas se relacionan con las actitudes democráticas de la persona joven y con las prácticas democráticas que el programa estudia en undécimo año.

Ponte a prueba#

¿Qué es la cultura electoral y por qué se dice que se aprende?#

Es el conjunto de conocimientos, valores, actitudes y prácticas que una sociedad comparte sobre las elecciones: saber cómo se vota, valorar el voto libre y secreto, exigir reglas iguales, informarse y respetar los resultados. Se dice que se aprende porque nadie nace sabiendo cómo funciona un proceso electoral ni por qué conviene respetar sus reglas; se adquiere con la educación cívica, con experiencias como las elecciones estudiantiles y con la participación en la comunidad.

¿En qué se diferencia la ciudadanía joven de la ciudadanía de una persona adulta?#

Según el glosario del programa del MEP, la ciudadanía joven tiene los mismos componentes que la ciudadanía (mínimo, ampliado y aspiracional), con la excepción del derecho a elegir y ser electo. La Constitución reserva los derechos políticos a las personas costarricenses mayores de 18 años. Antes de esa edad no se vota en elecciones nacionales, pero sí se puede opinar, organizarse, informarse y participar en el gobierno estudiantil.

¿Qué establecen la paridad y la alternancia del Código Electoral?#

La paridad exige que las delegaciones, las nóminas y los órganos pares tengan un 50 % de mujeres y un 50 % de hombres, y que en los impares la diferencia no sea mayor de uno. La alternancia exige que en las nóminas no aparezcan dos personas del mismo sexo de forma consecutiva. En las elecciones de 2026, según el TSE, las mujeres fueron el 49,1 % de las 1 207 candidaturas a diputaciones.

¿En qué se parecen las elecciones estudiantiles a las elecciones nacionales?#

En ambas se vota de forma universal, directa y secreta, hay partidos que se inscriben con requisitos, campañas con reglas de equidad, juntas receptoras de votos, fiscales y un tribunal electoral que organiza y declara la elección. El Tribunal Electoral Estudiantil cumple en el colegio un papel parecido al del TSE, el Comité Ejecutivo se parece al Poder Ejecutivo y la Asamblea de Representantes, a la Asamblea Legislativa.

¿Cuántas personas formaban el electorado nuevo en las elecciones de 2026?#

Según el boletín preelectoral del TSE, el electorado nuevo era de 131 403 personas, dentro de un padrón de 3 731 788. Lo formaban 52 403 personas de 18 años, 68 067 de 19 años y 10 933 personas naturalizadas. Por las fechas de nacimiento y de naturalización que usa el TSE para definir ese grupo, para todas ellas era la primera elección presidencial en la que podían votar.

Fuentes#

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