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La abolición del ejército en Costa Rica: historia y trascendencia

Esta lección es parte de Temario de Educación Cívica de Décimo año Lección 10 de 19

Por Andrea del Carmen actualizado el 26 de octubre de 2026 11 min de lectura

En lo alto de la cuesta de Moras, en San José, hay un edificio que fue cuartel militar y que alberga el Museo Nacional de Costa Rica. En uno de sus muros, el 1 de diciembre de 1948, José Figueres Ferrer dio un golpe de mazo como acto simbólico de la abolición del ejército. La Constitución de 1949 prohibió el ejército como institución permanente, y esa decisión se convirtió en parte de la identidad nacional.

En esta lección vas a estudiar qué dice el artículo 12 de la Constitución Política, cómo ocurrió la abolición entre 1948 y 1949, qué fuerzas se encargan del orden público, cómo se conmemora la fecha y por qué el Estado costarricense la considera trascendental para la democracia y para la cultura de paz.

Definición

La abolición del ejército fue la decisión de suprimir el ejército como institución permanente del Estado. Según el Decreto Ejecutivo 17357, de 1986, el 1 de diciembre de 1948 la Junta de Gobierno presidida por José Figueres Ferrer «resolvió eliminar el ejército», y la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 consagró esa decisión en el artículo 12 de la Constitución Política: «Se proscribe el Ejército como institución permanente».

Qué dice el artículo 12 de la Constitución#

El texto completo del artículo 12 de la Constitución Política es: «Se proscribe el Ejército como institución permanente. Para la vigilancia y conservación del orden público, habrá las fuerzas de policía necesarias. Sólo por convenio continental o para la defensa nacional podrán organizarse fuerzas militares; unas y otras estarán siempre subordinadas al poder civil: no podrán deliberar, ni hacer manifestaciones o declaraciones en forma individual o colectiva». Conviene leerlo por partes:

  • «Se proscribe el Ejército como institución permanente»: se prohíbe mantener un ejército de manera estable y ordinaria.
  • «Habrá las fuerzas de policía necesarias»: el orden público lo cuidan cuerpos policiales.
  • «Sólo por convenio continental o para la defensa nacional»: en situaciones excepcionales podrían organizarse fuerzas militares, pero solo por esas dos causas.
  • «Subordinadas al poder civil»: tanto la policía como cualquier fuerza excepcional obedecen a las autoridades civiles y no pueden deliberar ni hacer declaraciones políticas.

Esa excepción también está bajo control civil. La Asamblea Legislativa es la que autoriza al Poder Ejecutivo para declarar el estado de defensa nacional (artículo 121, inciso 6), y el Consejo de Gobierno tendría que pedirle esa declaratoria y la autorización para decretar el reclutamiento militar y organizar el ejército (artículo 147, inciso 1). La Ley General de Policía (Ley N.º 7410) desarrolla la otra parte: las fuerzas de seguridad pública tienen «carácter eminentemente policial», están subordinadas al poder civil (artículo 3) y están «al servicio de la comunidad» (artículo 4).

De 1948 a 1949: cómo ocurrió#

Después del conflicto armado de 1948, gobernó el país una junta provisional, la Junta Fundadora de la Segunda República, presidida por José Figueres Ferrer. Los documentos oficiales permiten reconstruir los pasos:

  1. 1 de diciembre de 1948. La Junta de Gobierno resuelve eliminar el ejército (Decretos Ejecutivos 17357 y 41443). Figueres golpea con un mazo los muros del Cuartel Bellavista como acto simbólico en celebración de la abolición (Decreto Ejecutivo 41443).
  2. 11 de octubre de 1949. Un decreto de la Junta traspasa a la Universidad de Costa Rica, para los fines del Museo Nacional, el inmueble que fue Cuartel Bella Vista. En sus considerandos explica que, para imprimirle a la estructura política del Estado «una fisonomía netamente civil», «ha sido suprimido el Ejército como institución permanente», y que la defensa del orden y la seguridad interna se confió a la Policía Nacional, entonces llamada Guardia Civil.
  3. 8 de noviembre de 1949. Entra en vigencia la nueva Constitución Política (artículo 197), con la prohibición del ejército en su artículo 12.

El folleto del Museo Nacional describe su edificio como el antiguo Cuartel Bellavista, «testigo de la abolición del ejército nacional en 1948», y señala en su plano el muro donde se dio el mazazo simbólico. En 2017, la UNESCO inscribió los documentos sobre la abolición del ejército en Costa Rica en su Registro Memoria del Mundo, a propuesta del Archivo Nacional, que custodia el decreto de 1949 y la Constitución de 1949.

Ejemplo. La ficha de la UNESCO dice que Costa Rica abolió el ejército el 11 de octubre de 1949, pero el país celebra el 1 de diciembre de 1948. ¿Cuál fecha es la correcta?

Solución. Las dos describen partes de un mismo proceso. El 1 de diciembre de 1948 la Junta tomó la decisión y Figueres la celebró con el acto simbólico del mazo; esa es la fecha que conmemoran las leyes y los decretos costarricenses. El decreto del 11 de octubre de 1949 dejó constancia escrita de que el ejército ya había sido suprimido, y la Constitución, vigente desde el 8 de noviembre de 1949, lo convirtió en norma de rango superior. Leer las fuentes con cuidado permite ver que una abolición no es un solo instante, sino una decisión que se formaliza por pasos.

La trascendencia: qué cambió para el país#

El Estado costarricense ha explicado por escrito por qué considera trascendental esta decisión. El Decreto Ejecutivo 17357, de 1986, afirma en sus considerandos que la abolición del ejército «ha hecho posible que se destinen más recursos públicos al desarrollo del país, especialmente en materia de educación, salud y cultura; ha legitimado la vía electoral como único camino de acceso al poder, y ha impedido la formación de un grupo militar capaz de cobrar autonomía e intervenir directamente en el destino de la nación». Agrega que Costa Rica, al desarmarse, depositó su confianza en las instituciones internacionales y que la Proclama de Neutralidad del 17 de noviembre de 1983 culminó ese proceso de desarme unilateral y voluntario.

Desde la perspectiva de la Educación Cívica, la trascendencia se puede ordenar en tres ideas:

  • Democracia: si no hay un ejército que pueda imponerse, el poder solo se alcanza con votos; el Decreto Ejecutivo 40056, de 2016, dice que «la condición de sociedad desarmada y civilista es parte inseparable del modelo costarricense de democracia».
  • Cultura de paz: el programa del MEP explica que en la paz también hay conflictos, pero se resuelven o manejan sin violencia, por medio de procedimientos institucionales o de métodos alternativos como el diálogo, la negociación, la mediación o el arbitraje.
  • Imagen internacional: al proponer los documentos a la UNESCO, el Archivo Nacional los presentó como un ejemplo para el mundo de que es posible vivir en una democracia desarmada.

Cómo se conmemora el 1 de diciembre#

Varias normas han ido dando forma a la conmemoración:

AñoNormaQué dispuso
1986Decreto Ejecutivo 17357Declaró el 1 de diciembre de cada año «Día de la Abolición del Ejército»
2001Ley N.º 8115Declaró por ley el Día de la Abolición del Ejército y pidió al MEP emitir directrices para celebrarlo en el calendario escolar
2016Decreto Ejecutivo 40056Renombró la Plaza de la Democracia como «Plaza de la Democracia y de la Abolición del Ejército»
2018Decreto Ejecutivo 41443Declaró oficial el «Canto a la Abolición del Ejército en Costa Rica», de Carlos Guzmán Bermúdez, entonado por primera vez el 1 de diciembre de 2017
2018Decreto Ejecutivo 41444Ordenó a los centros educativos hacer un acto conmemorativo en la última semana de noviembre o la primera de diciembre
2020Ley N.º 9803Hizo del 1 de diciembre un feriado de pago no obligatorio y encargó al Poder Ejecutivo organizar actos oficiales cada año

El artículo 148 del Código de Trabajo, en su texto vigente, mantiene el 1 de diciembre entre los días feriados de pago no obligatorio. Y el Decreto Ejecutivo 17357, reformado en 2018, pide que las instituciones públicas y los centros educativos conmemoren la fecha con actividades de difusión y reflexión sobre la paz, la libertad, la democracia, la no violencia, el diálogo y los derechos humanos.

Una cultura democrática y pacifista sin institucionalidad militar#

No tener ejército no significa no tener reglas ni autoridad. Significa que la seguridad pública está en manos de una policía civil, sometida a la ley y a las autoridades electas, y que los conflictos, incluso los más fuertes, se llevan a los tribunales, a las urnas, a la negociación o a los organismos internacionales. Esa forma de convivir se sostiene con prácticas cotidianas: resolver desacuerdos en el aula sin agresiones, respetar los resultados de una votación estudiantil y defender con argumentos, y no con la fuerza, lo que cada quien cree justo.

Ejemplo. Un compañero afirma: «Como Costa Rica no tiene ejército, la Constitución prohíbe cualquier fuerza armada en cualquier circunstancia». ¿Es correcta su interpretación?

Solución. No del todo. El artículo 12 prohíbe el ejército como institución permanente, pero ordena que existan las fuerzas de policía necesarias para el orden público y permite organizar fuerzas militares solo por convenio continental o para la defensa nacional. Aun en ese caso excepcional, esas fuerzas quedan subordinadas al poder civil, y la Asamblea Legislativa es la que autoriza al Poder Ejecutivo para declarar el estado de defensa nacional (artículo 121, inciso 6).

Ponte a prueba#

¿Qué establece el artículo 12 de la Constitución Política?#

Establece que se proscribe el Ejército como institución permanente y que, para vigilar y conservar el orden público, habrá las fuerzas de policía necesarias. Solo por convenio continental o para la defensa nacional podrán organizarse fuerzas militares, y tanto estas como la policía estarán siempre subordinadas al poder civil: no pueden deliberar ni hacer manifestaciones o declaraciones en forma individual o colectiva.

¿Qué ocurrió el 1 de diciembre de 1948 en el Cuartel Bellavista?#

Según los decretos ejecutivos 17357 y 41443, la Junta de Gobierno presidida por José Figueres Ferrer resolvió ese día eliminar el ejército. El Decreto 41443 agrega que Figueres golpeó con un mazo los muros del Cuartel Bellavista como acto simbólico. El antiguo cuartel pasó a ser la sede del Museo Nacional de Costa Rica, que conserva el muro donde se dio el mazazo.

¿Por qué el Estado costarricense considera trascendental la abolición del ejército?#

El Decreto Ejecutivo 17357 de 1986 señala tres efectos: permitió destinar más recursos públicos al desarrollo, sobre todo a educación, salud y cultura; legitimó las elecciones como único camino para llegar al poder; e impidió que se formara un grupo militar capaz de intervenir en el destino de la nación. Además, el Decreto 40056 la considera parte inseparable del modelo costarricense de democracia.

¿Qué papel tuvo la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 en la abolición?#

La Junta Fundadora de la Segunda República tomó la decisión en 1948, pero fue la Asamblea Nacional Constituyente la que la consagró en el artículo 12 de la nueva Constitución Política, vigente desde el 8 de noviembre de 1949. Así, la abolición dejó de depender de una decisión de un gobierno provisional y pasó a ser una norma constitucional, que solo puede cambiarse con el procedimiento de reforma de la Constitución.

¿Cómo se conmemora el Día de la Abolición del Ejército?#

El 1 de diciembre es Día de la Abolición del Ejército desde el Decreto Ejecutivo 17357 de 1986 y la Ley N.º 8115 de 2001. La Ley N.º 9803 lo hizo feriado de pago no obligatorio y encargó al Poder Ejecutivo organizar actos oficiales. Los centros educativos deben hacer un acto en la última semana de noviembre o la primera de diciembre, y en los actos oficiales se entona el Canto a la Abolición del Ejército.

Fuentes#

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