Hombres, mujeres y ciudadanía: hacia una nueva identidad de género
Esta lección es parte de Temario de Educación Cívica de Ujarrás (Octavo año) Lección 29 de 34Por Andrea del Carmen actualizado el 27 de octubre de 2026 11 min de lectura
Ejercer la ciudadanía no es solo votar al cumplir dieciocho años: también es participar en el colegio, en la comunidad y en las decisiones que nos afectan. El programa de Educación Cívica de octavo año pregunta cómo influyen las ideas sobre la masculinidad y la feminidad en esa participación, y qué aportan hombres y mujeres a la sociedad costarricense.
En esta lección vas a reflexionar sobre la diversidad y la libertad de cada persona frente a lo que la sociedad le asigna, vas a revisar con normas y datos oficiales la participación juvenil y adulta según el género, y vas a construir, paso a paso, una propuesta de normas para el salón de clase.
Idea clave
El programa plantea la «aspiración de un nuevo tipo de persona y sociedad», en la que hombres y mujeres ejerzan «una ciudadanía sin distingos de género». Dos valores de la unidad lo resumen: la igualdad política, que reconoce que «todas las personas, por ser seres humanos tienen los mismos derechos y deberes», y la cooperación, que incluye «el desarrollo de liderazgos independientes de sesgos de género».
Diversidad y libertad frente a la determinación social#
Cada persona es distinta: tiene sus gustos, sus talentos y su forma de sentir. Sin embargo, la sociedad suele decidir de antemano cómo «debe» ser un hombre y cómo «debe» ser una mujer. Frente a esa determinación social, el programa habla de diversidad y de «la libertad sobre la determinación social»: valorar que cada persona pueda elegir su camino, siempre con respeto por las demás. El programa habla también de «formas de ser que afectan nuestras vidas»: mandatos que se repiten sin pensar y que pueden limitar a cualquiera.
Uno de los terrenos donde se notan esos mandatos es la expresión de las emociones. Por ejemplo, a algunos muchachos se les enseña que no deben mostrar tristeza ni miedo, y a algunas muchachas, que no deben mostrar enojo. El programa propone que el estudiantado exprese sus sentimientos, emociones y pensamientos sobre la feminidad y la masculinidad por medio de dibujos, afiches, cartas, ensayos o videos, y que reflexione en grupo con preguntas como: ¿cómo se nos enseña a ser hombres?, ¿qué es lo que más nos molesta que se diga de las mujeres o de los hombres?, ¿qué nos gustaría cambiar?
Ejemplo. Mauricio, de octavo año, escribe en su diario: «Me dio vergüenza llorar en el funeral de mi abuelo, porque mis primos dicen que eso es de débiles». ¿Qué mandato de género aparece y cómo podría responderle una persona amiga?
Solución. Aparece el mandato de que los hombres no deben mostrar tristeza, un estereotipo que se aplica a todos los hombres sin mirar a cada persona. Una persona amiga podría decirle que sentir tristeza por la muerte de alguien querido es humano, que expresarla no lo hace débil y que tiene derecho a vivir su duelo. También podría invitarlo a hablar con alguien de confianza si lo necesita.
Los aportes de hombres y mujeres a la sociedad#
El glosario del programa describe la invisibilidad social: el fenómeno por el cual las aportaciones de ciertos grupos, como las mujeres, «pasan desapercibidas». Un ejemplo es el trabajo reproductivo —el cuido de la casa, de niñas y niños y de personas enfermas o adultas mayores—, que sostiene a las familias pero no se paga y pocas veces se reconoce. Valorar los aportes de hombres y mujeres implica mirar también ese trabajo, lo haga quien lo haga.
Para conocer esos aportes de cerca, el programa propone investigar a personas de la comunidad que participan en actividades que no son tradicionales para su género y elaborar una breve historia de vida. Estos pasos sirven de guía:
- Escoger a una persona de la comunidad, por ejemplo, una mujer que maneja un tractor o un hombre que trabaja como enfermero, y pedirle permiso para entrevistarla.
- Preguntarle cómo llegó a esa actividad, qué obstáculos encontró y quién la apoyó.
- Escribir su historia de vida, con fotografías o dibujos si la persona lo autoriza.
- Compartirla con el grupo y conversar sobre lo que su experiencia enseña.
Ciudadanía y sexismo: la participación adulta#
Varias normas buscan que mujeres y hombres participen en igualdad en la vida pública. La CEDAW, aprobada por Costa Rica con la Ley N.º 6968, obliga a los Estados a garantizar a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a votar, a ser elegidas, a participar en la formulación de las políticas del gobierno y a ocupar cargos públicos (artículo 7). La Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer (Ley N.º 7142) pide a los partidos políticos incluir en sus estatutos mecanismos que aseguren la participación efectiva de la mujer en sus procesos internos, en sus órganos directivos y en sus papeletas (artículo 5).
El Código Electoral (Ley N.º 8765, de 2009) establece en su artículo 2 que «la participación política de hombres y mujeres es un derecho humano reconocido en una sociedad democrática, representativa, participativa e inclusiva, al amparo de los principios de igualdad y no discriminación». Ese artículo fija dos reglas:
- Paridad: las delegaciones, las nóminas y los demás órganos con número par de puestos deben integrarse con un 50 % de mujeres y un 50 % de hombres; si el número es impar, la diferencia entre unos y otras no puede ser mayor que uno.
- Alternancia: en todas las nóminas de elección se alternan los sexos (mujer-hombre u hombre-mujer), de modo que dos personas del mismo sexo no pueden ir seguidas.
La Asamblea Legislativa se compone de 57 diputaciones (artículo 106 de la Constitución Política). Según el INAMU, en las elecciones de febrero de 2026 «quedaron electas 30 mujeres diputadas, lo que corresponde a un 52.6%, la representación de mujeres más alta en la Asamblea Legislativa en la historia del país»; en 2018 habían sido 26 y en 2022, 27. El mismo instituto atribuye ese avance a la normativa paritaria, que permitió que más mujeres ocuparan un espacio en las nóminas de los partidos. Las normas de paridad se aplican a las nóminas y a los órganos que indica la ley; en otros espacios, como las organizaciones de la comunidad, vale la pena observar quién participa y quién dirige.
La participación juvenil según el género#
El centro educativo es un espacio de participación política. El reglamento del gobierno estudiantil (Decreto Ejecutivo N.º 35333-MEP) se aplica a todo el estudiantado, de la escuela al colegio (artículo 1); incluye entre sus fines favorecer la participación estudiantil en la toma de decisiones «sobre la base de equidad de género» (artículo 3) y establece: «En los puestos de elección se debe asegurar la representación efectiva de ambos géneros, designando en forma alternativa cada uno de ellos» (artículo 4). Puedes repasar cómo funciona en la lección sobre el gobierno estudiantil.
Más allá de las reglas, conviene observar cómo es la participación real en tu centro educativo:
- ¿Quién preside el comité ejecutivo y las directivas de sección, y quién toma las notas?
- ¿Quién pide la palabra en las asambleas y a quién se escucha más?
- ¿Quién organiza los eventos y quién dirige los equipos deportivos o artísticos?
- ¿Hay actividades a las que solo se invita a un sexo?
Si las respuestas muestran un patrón, el grupo puede proponer cambios, como rotar la coordinación o invitar de forma abierta a todas las actividades. Para conocer los derechos de participación de las personas jóvenes, consulta la lección sobre los derechos de la persona joven.
Una propuesta de normas para el salón de clase#
El programa cierra la unidad con una propuesta para diseñar y aplicar normas que ayuden a reconstruir las identidades de género en el aula. Se organiza en cuatro preguntas: lo que existe, lo que se desea conservar, lo que se propone cambiar y lo que se quiere incorporar. Un grupo de octavo podría completarla así:
| Paso | Pregunta guía | Ejemplo |
|---|---|---|
| Lo que existe | ¿Cómo nos tratamos hoy? | Los trabajos en grupo casi siempre se arman solo entre muchachos o solo entre muchachas. |
| Lo que se desea conservar | ¿Qué funciona bien? | Respetamos los turnos para hablar en clase. |
| Lo que se propone cambiar | ¿Qué genera exclusión? | Los apodos que se burlan de alguien por no cumplir lo que «se espera» de su género. |
| Lo que se quiere incorporar | ¿Qué norma nueva nos ayudaría? | Grupos mixtos formados por sorteo y coordinación rotativa. |
- Diagnóstico: cada estudiante escribe sus observaciones y sentimientos, por ejemplo en una carta o un ensayo breve.
- Discusión: el grupo comparte las ideas en plenaria, respetando el derecho al desacuerdo, que es una de las actitudes de la unidad.
- Acuerdo: se redactan pocas normas, claras y positivas, y se aprueban por consenso o por votación.
- Divulgación: se dan a conocer con carteles, murales o boletines en el aula y en el colegio.
- Evaluación: después de un tiempo, se revisa si las normas se cumplen y se ajustan.
Con la práctica de estas normas, el programa aspira a que el estudiantado «se convierta en agente de cambio en su entorno escolar».
Ponte a prueba#
¿Qué establecen los principios de paridad y alternancia del Código Electoral?#
La paridad exige que las delegaciones, las nóminas y los órganos con número par de puestos tengan un 50 % de mujeres y un 50 % de hombres, y que en los impares la diferencia no sea mayor que uno. La alternancia exige que en las nóminas de elección se alternen los sexos, de modo que dos personas del mismo sexo no vayan seguidas.
¿Cuántas mujeres fueron electas diputadas en las elecciones de 2026?#
Según el INAMU, en las elecciones de febrero de 2026 quedaron electas 30 mujeres diputadas, más de la mitad de las 57 curules de la Asamblea Legislativa, es decir, un 52,6 %. Es la representación de mujeres más alta en la historia del país: en 2018 habían sido 26 y en 2022, 27. El INAMU lo relaciona con las normas de paridad en las nóminas.
¿Qué dice el reglamento del gobierno estudiantil sobre la representación de ambos géneros?#
El artículo 4 del Decreto Ejecutivo N.º 35333-MEP establece que en los puestos de elección del gobierno estudiantil se debe asegurar la representación efectiva de ambos géneros, designándolos en forma alternativa. Además, entre sus fines está favorecer la participación estudiantil en la toma de decisiones sobre la base de la equidad de género.
¿Qué es la invisibilidad social y cómo se relaciona con los aportes de las mujeres?#
Es el fenómeno por el cual las aportaciones de ciertos grupos sociales, como las mujeres, pasan desapercibidas. Un ejemplo es el trabajo reproductivo, como el cuido de la casa y de las personas, que sostiene a las familias pero no se paga ni suele reconocerse. Valorar los aportes de hombres y mujeres implica hacer visible también ese trabajo.
¿Cuáles son las cuatro preguntas de la propuesta de normas para el salón de clase?#
La propuesta se organiza en lo que existe, es decir, cómo nos tratamos; lo que se desea conservar, lo que ya funciona bien; lo que se propone cambiar, lo que genera exclusión, y lo que se quiere incorporar, las normas nuevas que ayudarían a convivir con equidad. Después se discute, se acuerda, se divulga y se evalúa.
Fuentes#
- Ministerio de Educación Pública — Programas de Estudios de Educación Cívica. Tercer Ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada (Proyecto de Ética, Estética y Ciudadanía) (PDF)
- SINALEVI (Procuraduría General de la República) — Ley N.º 8765, Código Electoral (artículo 2)
- Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) — «INAMU celebra elección de la 5ta presidenta del Congreso», 1 de mayo de 2026
- SINALEVI (Procuraduría General de la República) — Constitución Política de la República de Costa Rica (artículos 90 y 106)
- SINALEVI (Procuraduría General de la República) — Decreto Ejecutivo N.º 35333-MEP, Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Gobierno Estudiantil (artículos 1, 3 y 4)
- SINALEVI (Procuraduría General de la República) — Ley N.º 6968, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (artículo 7)
- SINALEVI (Procuraduría General de la República) — Ley N.º 7142, Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer (artículo 5)
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