Patronato Nacional de la Infancia (PANI)
Esta lección es parte de Temario Formación Humana de Escuela del I y II ciclo Lección 4 de 91Por Nades Ariana actualizado el agosto 31, 2026 6 min de lectura 4.276 lecturas
Una de las instituciones mas importantes dentro del territorio costarricense es el patronato Nacional de la Infancia. Está protege a los niños y adolescentes que están en vulnerabilidad y se encuentra comprometido en cumplir los derechos de la niñez en general.
Definición
El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) es la institución autónoma rectora en materia de infancia, adolescencia y familia en Costa Rica. Nació con la Ley 39, del 6 de agosto de 1930, quedó consagrado en el artículo 55 de la Constitución de 1949 y hoy se rige por la Ley Orgánica 7648, de 1996.
El PANI se rige por tres normativas, las cuales tienen relevancia tanto nacional como internacional. Entre estas regulaciones encontramos el Código de la Niñez y la Adolescencia, aprobado por la Ley 7739 del 6 de enero de 1998 y publicado en La Gaceta 26 del 6 de febrero de ese mismo año. También podemos encontrar la Convención de los derechos del niño la cual se ratifico en el año de 1990. Y por último está la Ley 7648, del 9 de diciembre de 1996, conocida como Ley Orgánica: es la que define al PANI como institución autónoma, con administración descentralizada y presupuesto propio, y como institución rectora en materia de infancia, adolescencia y familia. El «marco jurídico mínimo» para la protección de los derechos de las personas menores de edad lo fija en cambio el artículo 1 del Código de la Niñez y la Adolescencia.
Reseña Histórica#
El profesor Luis Felipe González Flores fue el impulsor más férreo en la fundación de esta institución. Su creación se dio mediante la Ley 39, del 6 de agosto de 1930, como dependencia de la Secretaría de Previsión Social; la institución quedó establecida el 6 de setiembre de ese mismo año, y González Flores presidió su primera Junta Directiva. Posteriormente se ratifico dentro del articulo 55 de la Constitución de 1949.
Para garantizar el manejo óptimo de esta entidad, está dirigida por una Junta Directiva, en la cual su cabeza es el Presidente Ejecutivo. Al Presidente Ejecutivo lo nombra el Consejo de Gobierno —no el presidente de la República por su cuenta— por un período de cuatro años. Los otros cuatro miembros de la Junta Directiva también los nombra el Consejo de Gobierno, por cuatro años, y pueden ser reelegidos una sola vez. El Consejo de Gobierno solo puede cesarlos por las causales que la ley enumera, porque el PANI es una institución autónoma.
Con el afán de lograr una optima comunicación entre el Poder Ejecutivo, las instituciones descentralizadas y las demás entidades regionales protectoras de la niñez. Se creo el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (CNNA), el cual quedo establecido en el articulo 170 de la ley 7739.
Funciones del Patronato Nacional de la Infancia#
La principal función del PANI es lograr la protección y el respeto hacia los derechos de los niños y adolescentes del territorio nacional. Pero también la institución vela por el bienestar de las familias de los menores de edad para así garantizar un ambiente sano y estable.
Otra de las funciones del Patronato Nacional de la Infancia es la educación de los deberes y derechos que todo niño posee. Ayudar y dar seguimiento a las familias con niños que se encuentren en riesgo social y colaborar con las ONGs en la atención y protección a la niñez.
Salvaguardar a los niños y adolescentes que así lo necesiten es otra de las tareas mas arduas del PANI. Ya que en casos excepcionales que el menor de edad no pueda mantenerse al lado de un familiar, su tutela para al Patronato. El cual cuidara de todas las necesidades física, psicológica y sociales del niño y del adolescente dentro de un albergue.
Políticas del PANI#
Con el afán de lograr estas metas y otras mas en veneficio de todo los niños costarricense, el Patronato Nacional de la Infancia se guía por 8 políticas. Las cuales se establecieron en el Plan Nacional de Desarrollo del año 2002-2006.
- Primer política: Velar por incluir como interés superior a la niñez en todos los temas no gubernamentales y gubernamentales que los involucren.
- Segunda política: Mantenerse a la vanguardia en la implementación y modernización de las reformas institucionales en el Sistema Nacional de Protección a la niñez.
- Tercera política: Fortalecer una cultura hacia el respeto de los niños y adolescentes en general.
- Cuarta política: Garantizar y restituir los derechos de los niños y adolecentes.
- Quinta política: Bajo el principio de un interés superior en la niñez, se debe erradicar la explotación sexual y comercial de los niños.
- Sexta política: Atención, detección y prevención de la problemática con la drogadicción y estado de calle que atañe a la niñez y adolescencia.
- Séptima política: Fortalecimiento en el Sistema Alternativo de Protección a la niñez.
- Octava política: Consolidar y afianzar a la familia como núcleo de la sociedad.
Ejes del Patronato Nacional de la Infancia#
Para que el Patronato Nacional de la Infancia pueda cumplir con sus diversa funciones debe respetar y guiarse por una serie de ejes en su funcionamiento. Estos ejes son los de Atención, Prevención, Educación y Liderazgo.
Cada uno de estos ejes esta entrelazado al otro y todos como conjuntos son vitales para fortalecer el bienestar de todos los niños y adolescentes de Costa Rica. Pero este trabajo solo se puede lograr con una educación a toda la sociedad sobre la importancia de respetar los derechos de las personas menores de edad.
Debemos ser consientes del arduo trabajo del Patronato Nacional de la Infancia y que nosotros como costarricenses somos responsables de defender y velar por todos los niños, niñas y adolescentes que existen dentro de nuestra sociedad.
Ponte a prueba#
¿Cuándo se creó el PANI y quién lo impulsó?#
Se creó mediante la Ley 39, del 6 de agosto de 1930, como dependencia de la Secretaría de Previsión Social, y quedó establecido el 6 de setiembre de ese año. Su precursor fue el profesor Luis Felipe González Flores, que además presidió su primera Junta Directiva.
¿Qué tres normativas rigen al PANI?#
El Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739, del 6 de enero de 1998), la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley Orgánica del PANI (Ley 7648, del 9 de diciembre de 1996).
¿Quién nombra al presidente ejecutivo del PANI?#
El Consejo de Gobierno, por un período de cuatro años, no el presidente de la República por su cuenta. Los otros cuatro miembros de la Junta Directiva también los nombra el Consejo de Gobierno, y solo pueden ser cesados por las causales que enumera la ley. Eso es lo que significa que el PANI sea una institución autónoma.
¿Qué es el CNNA y en qué norma está?#
Es el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, creado por el artículo 170 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Está adscrito al Poder Ejecutivo y es un espacio de deliberación y coordinación entre el Poder Ejecutivo, las instituciones descentralizadas del Estado y las organizaciones de la comunidad.
Fuentes#
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