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COSTARRICENSES.CR Donde aprenden los Ticos

Ordenamiento territorial, uso del suelo y minería en Costa Rica

Esta lección es parte de Temario de Ciencias de Ujarrás (Octavo año) Lección 24 de 25

Por Andrea del Carmen actualizado el 29 de octubre de 2026 12 min de lectura

¿Quién decide dónde se puede construir una urbanización, dónde se siembra café, dónde se saca arena para el concreto y dónde debe quedarse el bosque? El territorio de un país es limitado y cada metro cuadrado puede tener varios usos que compiten entre sí: vivienda, cultivos, industria, carreteras, conservación. El ordenamiento territorial, es decir, ordenar ese territorio, tiene consecuencias económicas y sociales para todas las personas.

En esta lección vas a conocer qué es el ordenamiento territorial y qué instituciones lo regulan en Costa Rica, el caso de la Gran Área Metropolitana, lo que dicen las leyes sobre los tajos, las canteras y la minería, y por qué la cobertura boscosa se relaciona con el agua, el clima y la economía.

Definición

El ordenamiento territorial es la planificación del uso del territorio para ubicar de la mejor manera las viviendas, las actividades productivas, las vías y las áreas que deben protegerse. Según el artículo 28 de la Ley Orgánica del Ambiente (n.º 7554), es función del Estado, las municipalidades y los demás entes públicos definir y ejecutar políticas de ordenamiento territorial para lograr «la armonía entre el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente».

Las reglas del ordenamiento territorial#

La Ley Orgánica del Ambiente fija los fines del ordenamiento (artículo 29): ubicar de forma óptima las actividades productivas, los asentamientos humanos, las zonas recreativas, las redes de transporte y las áreas silvestres; servir de guía para el uso sostenible del ambiente; equilibrar el desarrollo de las distintas zonas del país, y promover que los habitantes participen en los planes. Su artículo 30 enumera los criterios que deben tomarse en cuenta, entre ellos:

  • el respeto por las características culturales, históricas y sociales de la población;
  • las proyecciones de población y de recursos;
  • las características de cada ecosistema y la diversidad del paisaje;
  • la capacidad de uso de los suelos y las actividades económicas de cada zona;
  • el efecto de las actividades humanas y de los fenómenos naturales sobre el ambiente.

Las instituciones que lo regulan#

  • Las municipalidades. La Ley de Planificación Urbana (n.º 4240) reconoce en su artículo 15 la competencia de cada gobierno municipal para planificar y controlar el desarrollo urbano de su territorio mediante un plan regulador, el instrumento que define, con planos, mapas y reglamentos, la distribución de la población, los usos de la tierra, las vías y los servicios públicos (artículo 1).
  • El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU). Tiene una Dirección de Urbanismo que trabajó el Plan GAM 2013-2030 con el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) y el Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC).
  • La Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA). Según el artículo 17 de la Ley 7554, las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente requieren una evaluación de impacto ambiental, y su aprobación previa es requisito para iniciar la obra.
  • La Dirección de Geología y Minas (DGM). Según las definiciones del Código de Minería (artículo 2), el Poder Ejecutivo otorga por medio de ella los permisos de exploración y las concesiones de explotación minera.

El caso de la Gran Área Metropolitana#

Según la Política Nacional de Gestión del Riesgo 2016-2030, de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE), el 52,7 % de la población del país residía en la Gran Área Metropolitana (GAM), un valle rodeado de montañas que ocupa el 3,8 % del territorio continental. La política explica esa concentración porque la GAM reúne la mayor parte de la industria, el comercio, los servicios y la construcción. También señala que el crecimiento horizontal superó los límites de contención urbana del Plan GAM de 1982, y que una parte importante de su población vive en condiciones de alto riesgo ante amenazas naturales.

Para ordenar ese crecimiento, el INVU explica que el Plan GAM 2013-2030 entró en vigencia el 30 de abril de 2014 mediante el Decreto n.º 38145 y vincula a 31 cantones. Busca un consumo del suelo menor y más eficiente, mejor movilidad, construcción sostenible y transporte público más fuerte; define un anillo de contención urbana, y agrega zonas agroproductivas y de protección. Su modelo urbanístico son las centralidades densas integrales, es decir, núcleos urbanos más compactos que consuman menos suelo. La Ley 7554 apunta en la misma dirección cuando pide el uso intensivo del espacio urbano para liberar y conservar recursos (artículo 31).

Ejemplo. La Política Nacional de Gestión del Riesgo da para Costa Rica una superficie terrestre de 51 100 km². Si la GAM ocupa el 3,8 % del territorio continental, ¿cuántos kilómetros cuadrados tiene, aproximadamente?

Solución. Se calcula el 3,8 % de 51 100: 51 100 · 0,038 = 1941,8 km², unos 1942 km². En esa pequeña fracción del país vivía más de la mitad de la población. Esto explica la presión sobre el suelo: más demanda de vivienda, más tránsito, más superficie impermeabilizada y menos espacio para la agricultura y la recarga de los acuíferos.

Los minerales: de los tajos a la pasta de dientes#

El artículo 1 del Código de Minería (Ley n.º 6797) establece que el Estado tiene «el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales» del territorio y del mar patrimonial. El Estado puede otorgar concesiones para explorarlos y explotarlos, pero sin perder ese dominio. El artículo 2 indica que la explotación puede hacerse en canteras, cauces de dominio público, placeres, lavaderos y minas.

  • Tajos y canteras. Son explotaciones a cielo abierto de piedra, arena y otros materiales para construir. Ninguna exploración ni explotación minera puede hacerse sin el permiso o la concesión correspondiente (artículo 3), y las canteras pueden ser objeto de concesión (artículo 40). El Código permite además dar concesiones temporales a ministerios, al Consejo Nacional de Vialidad y a las municipalidades para extraer materiales de cauces o canteras, solo para obras públicas y con prohibición de venderlos (artículo 39).
  • Minería metálica. La Ley n.º 8904, de 2010, agregó el artículo 8 bis: «No se otorgarán permisos ni concesiones para actividades de exploración y explotación de minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional», salvo permisos de exploración con fines científicos y de investigación. También prohibió la minería en parques nacionales, reservas biológicas, reservas forestales y refugios estatales de vida silvestre, declaró zonas de reserva minera las áreas con potencial metálico de Abangares, Osa y Golfito, donde solo pueden recibir permisos cooperativas de minería en pequeña escala, e incluyó entre los factores que deterioran el ambiente el uso de técnicas de lixiviación con cianuro y mercurio en minería (artículo 103).

Ese es el texto vigente del Código de Minería que publica el Sistema Nacional de Legislación Vigente (SINALEVI) de la Procuraduría General de la República, consultado en octubre de 2026. El programa del MEP plantea las dos caras del tema: la extracción de minerales tiene un impacto en el ambiente, y su aprovechamiento racional es indispensable para obtener materiales que usamos a diario. El Servicio Geológico de Estados Unidos (USGS) da ejemplos: el titanio hace blanca la pasta de dientes, y el litio y las tierras raras hacen funcionar los celulares y las computadoras. Según estimaciones del USGS, en Estados Unidos, en 2025, la mayor parte de la piedra triturada se usó como agregado para la construcción, sobre todo de carreteras, y otra parte para fabricar cemento y cal.

Cobertura boscosa y servicios ambientales#

Un bosque no es un terreno «sin uso». La Ley Forestal (n.º 7575) define en su artículo 3 los servicios ambientales que brindan los bosques y las plantaciones forestales:

  • mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero, porque fijan y almacenan carbono;
  • protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico;
  • protección de la biodiversidad, para conservarla y para usos científicos y farmacéuticos;
  • protección de los ecosistemas y las formas de vida;
  • belleza escénica natural, para el turismo y la ciencia.

La misma ley creó el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), que capta recursos para el pago de esos servicios ambientales (artículo 46), y declaró áreas de protección (artículo 33): un radio de 100 metros alrededor de las nacientes permanentes y una franja a cada lado de los ríos, quebradas y arroyos de 15 metros en zona rural y 10 en zona urbana si el terreno es plano, o de 50 metros si es quebrado. En esas áreas, el artículo 34 prohíbe cortar o eliminar árboles, salvo en proyectos que el Poder Ejecutivo declare de conveniencia nacional. Así se conserva la vegetación que protege el agua de nacientes y ríos.

Ejemplo. Una quebrada atraviesa una finca rural de terreno plano a lo largo de 200 m. ¿Qué área de la finca ocupa la franja de protección a ambos lados?

Solución. En zona rural y terreno plano la franja es de 15 m a cada lado. El área es 2 · 15 m · 200 m = 6000 m², es decir, 0,6 hectáreas. En esa franja la Ley Forestal prohíbe cortar árboles, y eso cumple una función: protege el agua que usan la misma finca y las comunidades de río abajo.

Implicaciones socioeconómicas y cambio climático#

Cada decisión sobre el uso del suelo tiene ganadores, costos y consecuencias de largo plazo. Algunas preguntas que permiten analizarlas, con los criterios de la Ley 7554:

DecisiónPosibles beneficiosPosibles costosQué toma en cuenta la ley
Urbanizar un terreno agrícola cerca de la ciudadVivienda y empleo en la construcciónPérdida de suelo productivo, más superficie impermeable y más tránsitoPlan regulador, Plan GAM y capacidad de uso del suelo
Abrir un tajo para material de construcciónMateriales más cercanos y más baratos para las obrasPolvo, ruido, transporte pesado y cambios en el paisajeConcesión de la DGM y evaluación de impacto ambiental de SETENA
Mantener un bosque en una finca privadaAgua, carbono almacenado, biodiversidad y turismoIngresos que el dueño deja de recibir por otros usosPago por servicios ambientales y áreas de protección de la Ley Forestal

El cambio climático agrega otra razón para ordenar el territorio. La Política Nacional de Gestión del Riesgo indica que la mayor parte de las emergencias del país se asocian a lluvias y vientos (inundaciones, deslizamientos, marejadas) y que una parte de la población vive en terrenos expuestos a esas amenazas. Construir lejos de los cauces y de las laderas inestables, conservar la cobertura boscosa y respetar las características culturales e históricas de cada comunidad, como pide el artículo 30 de la Ley 7554, son formas de usar de manera sostenible el patrimonio natural y cultural.

Ponte a prueba#

¿Qué es un plan regulador y quién lo elabora?#

Es el instrumento de planificación local que define, con planos, mapas y reglamentos, cómo se distribuyen la población, los usos de la tierra, las vías, los servicios públicos y las áreas comunales de un cantón. Según la Ley de Planificación Urbana, cada municipalidad tiene la competencia para planificar y controlar el desarrollo urbano de su territorio, así que a ella le corresponde implantar su plan regulador.

¿Qué dice la ley costarricense sobre la minería metálica a cielo abierto?#

El artículo 8 bis del Código de Minería, agregado por la Ley 8904 de 2010, establece que no se otorgarán permisos ni concesiones de exploración y explotación de minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional; la única excepción son permisos de exploración con fines científicos y de investigación. La misma reforma prohibió la minería en parques nacionales, reservas biológicas, reservas forestales y refugios estatales de vida silvestre.

¿Qué servicios ambientales brindan los bosques según la Ley Forestal?#

El artículo 3 de la Ley Forestal enumera, entre otros, la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero, porque los árboles fijan y almacenan carbono; la protección del agua para uso urbano, rural o hidroeléctrico; la protección de la biodiversidad, para conservarla y para usos científicos y farmacéuticos; y la belleza escénica natural para el turismo y la ciencia. El FONAFIFO capta recursos para pagar a los dueños que conservan esos bosques.

¿Qué área ocupa la franja de protección de un río de 350 m que cruza un terreno urbano plano?#

En zona urbana y terreno plano, la Ley Forestal fija una franja de 10 m a cada lado del río. El área es 2 · 10 m · 350 m = 7000 m², es decir, 0,7 hectáreas. Si el terreno fuera quebrado, la franja sería de 50 m por lado y el área subiría a 2 · 50 · 350 = 35 000 m², cinco veces más.

¿Por qué se concentró tanta población y actividad económica en la Gran Área Metropolitana?#

Según la Política Nacional de Gestión del Riesgo, porque la GAM concentra la mayor parte de la industria, el comercio, los servicios y la construcción, y eso atrae a las personas que buscan empleo y servicios. Más de la mitad de la población vive en un territorio que es apenas el 3,8 % del país. Ese crecimiento superó los límites del Plan GAM de 1982 y llevó a muchas familias a vivir en zonas de riesgo.

Fuentes#

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