Derechos y obligaciones en salud ocupacional en Costa Rica
Esta lección es parte de Temario de Electrónica de Décimo año Lección 32 de 51Por Andrea del Carmen actualizado el 29 de octubre de 2026 8 min de lectura
Marcos entra a trabajar en un taller de reparación de computadoras en Heredia. Su primer día lo ponen a cambiar fuentes de poder, con un destornillador prestado y las mismas chancletas con las que llegó. A la tercera hora, el dueño le dice que si se corta o se quema, «eso es cosa suya». Marcos no sabe si el dueño tiene razón, porque nadie le explicó sus derechos y obligaciones en salud ocupacional.
No la tiene. En Costa Rica, la seguridad del trabajador es una obligación legal del patrono, y el trabajador tiene deberes propios que, si no cumple, también cuentan. Por eso conviene saber quién debe qué antes de que alguien se lastime y haya que averiguar quién responde.
Definición
Salud ocupacional es el conjunto de normas y prácticas para prevenir los accidentes y las enfermedades del trabajo. En la legislación costarricense, el patrono debe garantizar condiciones seguras y el trabajador debe colaborar y cumplir las medidas de prevención. Ambos tienen derechos y deberes.
Dónde están escritas las reglas#
No hay una sola ley. Las reglas están repartidas, y conviene saber cuáles son para poder citarlas:
- El Código de Trabajo, que dedica un título completo a los riesgos del trabajo y otro a la higiene y seguridad. Es la base de todo lo demás.
- El Reglamento General de Seguridad e Higiene del Trabajo, que baja esos principios a condiciones concretas de los locales, los equipos y las instalaciones.
- El Reglamento de comisiones y oficinas o departamentos de salud ocupacional, que obliga a las empresas con diez o más personas trabajadoras a organizar una comisión de salud ocupacional.
- La póliza de riesgos del trabajo del Instituto Nacional de Seguros (INS), que el patrono debe contratar para todas las personas que emplea.
- El Código de la Niñez y la Adolescencia, que protege a las personas menores de 18 años y les prohíbe trabajos peligrosos o insalubres.
Quien vigila que esto se cumpla es el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) por medio de la Inspección de Trabajo, y a nivel de políticas existe el Consejo de Salud Ocupacional. Cualquier persona trabajadora puede acudir al MTSS a denunciar un incumplimiento.
Obligaciones del patrono#
La idea de fondo es sencilla: quien contrata y se beneficia del trabajo es quien debe poner las condiciones para que se haga sin dañar a nadie. Eso se concreta en:
- Mantener el lugar de trabajo en condiciones seguras: instalación eléctrica en buen estado, orden, ventilación, iluminación, salidas libres, extintores y botiquín.
- Entregar gratis el equipo de protección personal (gafas, guantes, calzado, protección auditiva: el que pida el riesgo del puesto) y reponerlo cuando se gasta. No se le puede descontar del salario.
- Capacitar a cada persona sobre los riesgos de su puesto antes de ponerla a trabajar, no después del primer accidente.
- Asegurar a todos sus trabajadores con la póliza de riesgos del trabajo del INS. Si no lo hizo y alguien se accidenta, el patrono responde de su bolsillo por la atención médica y las indemnizaciones.
- Reportar los accidentes de trabajo al INS dentro del plazo legal e investigar sus causas para evitar que se repitan.
- Organizar la comisión de salud ocupacional cuando le corresponda y darle el tiempo y los medios para funcionar.
Derechos del trabajador#
Se desprenden de lo anterior. Como trabajador tienes derecho a:
- un ambiente de trabajo seguro y sano;
- recibir información clara sobre los riesgos de tu puesto y capacitación para manejarlos;
- recibir el equipo de protección sin pagarlo;
- atención médica, subsidio por incapacidad e indemnización si sufres un accidente o una enfermedad del trabajo, cubiertos por el seguro de riesgos del trabajo;
- participar, por medio de representantes, en la comisión de salud ocupacional;
- denunciar condiciones peligrosas ante el MTSS sin que eso sea motivo válido de despido o castigo.
Si eres menor de edad y haces prácticas o trabajas, hay un nivel adicional de protección: la ley limita las jornadas y prohíbe asignarte tareas peligrosas o insalubres. Un estudiante de décimo año en una pasantía no debería cambiar capacitores de alto voltaje ni trabajar con maquinaria que no se le ha enseñado a usar, y si se lo piden, la responsabilidad de ese incumplimiento es de quien lo ordena.
Obligaciones del trabajador#
Los derechos vienen con deberes, y aquí es donde muchos estudiantes se descuidan:
- Cumplir las normas e instrucciones de seguridad del centro de trabajo.
- Usar el equipo de protección que se te entrega y cuidarlo. Si tienes las gafas guardadas en el bolsillo mientras taladras, incumpliste tú.
- Cuidar las máquinas, las herramientas y las instalaciones; no retirar protecciones como la guarda de un esmeril.
- Informar de inmediato a tu jefe o al responsable cualquier condición peligrosa, cable pelado, equipo dañado o accidente, aunque haya sido pequeño o sin heridos.
- Asistir a las capacitaciones y a los simulacros.
- No presentarte a trabajar bajo los efectos del licor o de drogas.
Cuando los dos lados cumplen, un accidente se vuelve raro. Cuando uno falla, la ley mira qué parte incumplió y cuánto influyó en lo que pasó.
Caso resuelto: ¿quién responde?#
Caso. En un taller de Alajuela trabajan 12 personas. Una técnica sufre una quemadura en la mano al tocar un cautín mal apoyado y sin soporte; el taller nunca le entregó guantes ni le explicó cómo guardar herramientas calientes, y el patrono no ha contratado la póliza de riesgos del trabajo. Responde dos cosas: ¿debía haber comisión de salud ocupacional? ¿Quién paga la atención?
Solución. El taller tiene 12 personas, más de diez, así que le correspondía organizar la comisión. Sobre el pago, como el patrono no aseguró a su personal incumplió su obligación y debe cubrir de su propio dinero la atención, el subsidio y la indemnización que el INS habría asumido. Además se pueden señalar otros incumplimientos: falta de capacitación y de equipo de protección. La técnica, por su parte, debía haber informado la falta de soporte para el cautín si lo había notado.
La comisión de salud ocupacional#
Es un grupo con representantes del patrono y de los trabajadores, en igual número, que se reúne con regularidad. Revisa los riesgos del centro, hace inspecciones, propone mejoras, investiga los accidentes y lleva el registro de lo acordado. No sustituye al patrono: lo ayuda a cumplir, y da voz a quienes realmente usan las máquinas.
En un colegio técnico los talleres también deben cumplir con medidas de seguridad. Pregunta en tu institución cómo se organiza la seguridad del taller y quién responde por ella.
Errores frecuentes#
«Si me accidento por descuido, no tengo derecho a nada.» Es falso en la mayoría de los casos. El seguro de riesgos del trabajo cubre accidentes de trabajo aunque haya habido descuido; lo que se discute es la responsabilidad adicional del patrono si faltaban condiciones de seguridad.
«El equipo de protección lo compro yo.» No. Es obligación del patrono dártelo. Lo que sí es tuyo es usarlo.
«Si aviso un problema me van a regañar.» Avisar es una obligación, no un favor. Y conviene dejarlo por escrito o con un mensaje, para que haya constancia de que informaste.
«El pasante no es trabajador, así que no aplica.» Si estás prestando servicios en un taller o empresa, la seguridad es responsabilidad del lugar y de tu centro educativo. Pregunta antes de iniciar las prácticas qué cobertura tienes.
Para repasar, haz una tabla de dos columnas con las obligaciones del patrono y del trabajador, usando tu taller de colegio como ejemplo. Si en alguna fila no sabes qué poner, anótala y pregúntala al profesor o al orientador del centro educativo.
Ponte a prueba#
¿Quién paga el equipo de protección personal en un taller: el patrono o el trabajador?#
El patrono. Debe entregarlo gratis y reponerlo cuando se gasta. La obligación del trabajador es usarlo y cuidarlo.
Un taller tiene 12 empleados. ¿Está obligado a organizar una comisión de salud ocupacional?#
Sí. El reglamento exige la comisión en los centros de trabajo con diez o más personas, y 12 supera ese número.
Un patrono no aseguró a sus trabajadores en el INS y uno se accidenta. ¿Qué consecuencia tiene?#
El patrono incumplió su obligación y debe responder con su propio dinero por la atención médica, el subsidio y la indemnización que habría cubierto la póliza de riesgos del trabajo.
Encuentras un cable pelado en el banco de trabajo. ¿Qué te toca hacer según tus obligaciones?#
Informarlo de inmediato a tu jefe o responsable, y no usar ese banco hasta que se repare. Informar es una obligación del trabajador.
¿Por qué a una persona menor de 18 años no se le pueden asignar ciertas tareas en un taller?#
Porque el Código de la Niñez y la Adolescencia la protege y prohíbe los trabajos peligrosos o insalubres, como manejar maquinaria sin formación o trabajar con alta tensión.
Fuentes#
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